Eximición Online Pago de Tasas Municipales para Jubilados y Pensionados
Sobre el Trámite
Dispónese un régimen general de exenciones de tasas municipales (Servicios Sanitarios, Limpieza y Conservación de la Vía Pública y Alumbrado Público) para JUBILADOS Y PENSIONADOS. En caso de fallecimiento del titular el beneficio alcanzará al cónyuge a quien la titularidad del inmueble por el que se peticione la exención corresponda por derecho sucesorio aún para el caso en que dicha titularidad no se encuentre formalmente registrada. El conjunto de ingresos correspondientes al titular y al grupo familiar que convive con el mismo no debe superar la suma bruta de la canasta básica total tomada por INDEC HOGAR 2 medido al mes en que la jubilación mínima es actualizada o el equivalente a 2,25 veces el haber mínimo jubilatorio fijado por el Estado Nacional, el que fuere mayor. El beneficio se otorgará solo a los propietarios de único inmueble destinado exclusivamente a vivienda. IMPORTANTE: ESTE BENEFICIO ES ANUAL Y DEBE RENOVARSE TODOS AÑOS.
Requisitos
SI ES LA PRIMERA VEZ QUE SOLICITA LA EXENCIÓN, PRESENTAR LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN:
SI ES RENOVACIÓN DE EXENCIÓN, PRESENTAR LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN:
¿Quiénes pueden realizar este trámite?
Pueden realizarlo todo jubilado o pensionado titular de un único inmueble destinado exclusivamente a vivienda propia cuyos ingresos y los del grupo familiar conviviente no superen la suma bruta de la canasta básica total tomada por INDEC HOGAR 2 medido al mes en que la jubilación mínima es actualizada o el equivalente a 2,25 veces el haber mínimo jubilatorio fijado por el Estado Nacional, el que fuera mayor.
Formas de acceder al trámite
On line: Ingrese aquí
Consultar estado del trámite: Ingrese aquí