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Eximición Online Pago de Tasas Municipales para Jubilados y Pensionados

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Sobre el Trámite

Dispónese un régimen general de exenciones de tasas municipales (Servicios Sanitarios, Limpieza y Conservación de la Vía Pública y Alumbrado Público) para JUBILADOS Y PENSIONADOS. En caso de fallecimiento del titular el beneficio alcanzará al cónyuge a quien la titularidad del inmueble por el que se peticione la exención corresponda por derecho sucesorio aún para el caso en que dicha titularidad no se encuentre formalmente registrada. El conjunto de ingresos correspondientes al titular y al grupo familiar que convive con el mismo no debe superar la suma bruta de la canasta básica total tomada por INDEC HOGAR 2 medido al mes en que la jubilación mínima es actualizada o el equivalente a 2,25 veces el haber mínimo jubilatorio fijado por el Estado Nacional, el que fuere mayor. El beneficio se otorgará solo a los propietarios de único inmueble destinado exclusivamente a vivienda. IMPORTANTE: ESTE BENEFICIO ES ANUAL Y DEBE RENOVARSE TODOS AÑOS.

Requisitos

SI ES LA PRIMERA VEZ QUE SOLICITA LA EXENCIÓN, PRESENTAR LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN:
DNI del titular.
Último recibo de jubilación o pensión (comprobante de pago previsional).
Última factura de luz.
Escritura del inmueble por el cual se tramita la exención.
Grupo Familiar conviviente: DNI y Último recibo de cobro o jubilación o pensión, o Certificación negativa expedida por ANSES, si no cobra beneficio previsional.
En caso que el titular del inmueble no sea el titular del beneficio previsional, deberá adjuntar documentación respaldatoria para acreditar el vínculo con este. (Ej.: Fotocopia de Libreta de Matrimonio, certificado de defunción, etc.).
SI ES RENOVACIÓN DE EXENCIÓN, PRESENTAR LA SIGUIENTE DOCUMENTACIÓN:
DNI del titular.
Último recibo de jubilación o pensión (comprobante de pago previsional).
Última factura de luz.
Grupo Familiar conviviente: DNI y Último recibo de cobro o jubilación o pensión, o Certificación negativa expedida por ANSES, si no cobra beneficio previsional.
Documentación respaldatoria que avale cualquier cambio respecto de la documentación presentada oportunamente.

¿Quiénes pueden realizar este trámite?

Pueden realizarlo todo jubilado o pensionado titular de un único inmueble destinado exclusivamente a vivienda propia cuyos ingresos y los del grupo familiar conviviente no superen la suma bruta de la canasta básica total tomada por INDEC HOGAR 2 medido al mes en que la jubilación mínima es actualizada o el equivalente a 2,25 veces el haber mínimo jubilatorio fijado por el Estado Nacional, el que fuera mayor.

Formas de acceder al trámite

On line: Ingrese aquí

Consultar estado del trámite: Ingrese aquí

Contacto del Área

pergamino-@pergamino.gob.ar
2477-328400
Dorrego 654
7.30 a 13.00
Atención al contribuyente